Declaración de la Renta en España: ¿qué personas no están obligadas a presentarla en 2023?
La campaña 2022-2023 para presentar la Declaración de la Renta en España ya está a la vuelta de la esquina.
La Declaración de la Renta del año 2022 será la que incorpore más cambios hasta ahora, principalmente a causa de la situación inflacionaria que vivimos.
El aumento de la inflación ha afectado de forma considerable a la cesta de la compra de los ciudadanos que han visto cómo su poder adquisitivo se ha reducido rápida e intensamente. Debido a ello, el Gobierno de España ha aprobado un paquete de medidas para intentar paliar la situación de los contribuyentes, entre las que se encuentran las relacionadas con las obligaciones fiscales de los españoles.
La novedad más destacable es la que atañe a la obligación o no de hacer la Declaración de la Renta. A continuación te contamos todo sobre este tributo: quién debe presentarla, cuáles son los plazos y todas las novedades que se aplican.
Equipo Editorial de WorldRemit
• Tiempo de lectura: 8 minutos • Al día
¿Qué es la Declaración de la Renta?
Acabados los festejos navideños y superada la temida cuesta de enero, toca rendir cuentas con el fisco, algo a lo que este año 2023 hay que prestar especial atención pues está campaña que está a punto de iniciarse trae muchas novedades para los contribuyentes.
La declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que es como se denomina oficialmente esta declaración, es una obligación tributaria de carácter anual que deben cumplir todos las personas físicas residentes en España para mantener debidamente regularizada su situación con la Agencia Tributaria.
A este efecto, la Hacienda Tributaria española considera residente a aquellas personas que hayan residido en España más de 183 días durante el año natural, o que tengan en el país la base de sus actividades o intereses económicos de forma directa o indirecta.
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No obstante, no todas las personas deben hacerla, pues su obligatoriedad depende de los beneficios o rentas obtenidos a lo largo del año fiscal que corresponda.Dicho de otro modo:
Se tributa por los ingresos netos que quedan al restar a los ingresos brutos aquellos gastos que puedan deducirse.
Se incluyen los ingresos que se hayan percibido como asalariado.
Se incluyen los ingresos que se hayan obtenido como trabajador por cuenta propia (trabajadores autónomos).
Se incluyen los originados por ser receptor de prestaciones públicas como las pensiones.
También deben incluirse en la Declaración de la Renta rendimientos obtenidos del capital inmobiliario, como los alquileres, y las ganancias patrimoniales, entre las que se incluyen los reembolsos de fondos de inversión, operaciones con criptomonedas o premios procedentes de concursos y loterías, como la popular Lotería de Navidad.
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Durante todo el año, los contribuyentes ya van pagando por sus ingresos a través de las retenciones que se aplican en la nómina, en el caso de los asalariados, o mediante las declaraciones trimestrales que deben presentar los trabajadores por cuenta propia.
Al hacer la Declaración de Renta lo que realmente se lleva a cabo es la liquidación de la cuota resultante de calcular la cantidad que se debe pagar según el tipo impositivo que corresponda por los ingresos netos y restarle los pagos anticipados que se han ido realizando a lo largo del año.
Es importante que estés al día de las novedades en las obligaciones tributarias para saber cuándo es obligatorio hacer la Declaración de la Renta.
Si se ha retenido más de lo que corresponde pagar por los ingresos netos, la declaración saldrá a devolver y Hacienda deberá abonar la diferencia. En caso contrario, el contribuyente deberá pagar a Hacienda.
En caso de que toque pagar, la Agencia Tributaria ofrece la posibilidad de dividir el pago en dos plazos, marcando la opción de pago fraccionado:
El 60% de la cuantía a pagar debe abonarse en el momento de presentar el borrador de la declaración.
El 40% restante debe pagarse en noviembre. Hacienda informa del plazo exacto.
Otra posibilidad es solicitar un aplazamiento aportando la documentación que acredite la situación económica que imposibilita el pago, aunque hay que considerar que, en caso de conceder el aplazamiento, se aplican unos intereses de demora del 3,75%.Algunas entidades financieras ofrecen la opción de financiar el pago, pero es importante saber que el interés que se aplica es superior al que fija la Agencia Tributaria.
Es posible que, llegado a este punto, te preguntes qué pasa si no haces la Declaración de Renta. Te lo aclaramos en seguida, pero ya te adelantamos que, si estás obligado, no hacerla no es una buena idea.
¿Qué pasa si no haces la Declaración de la Renta?
No presentar la declaración cuando se está obligado se considera una infracción tributaria. A pesar del riesgo de multas importantes, esta infracción es una de las más comunes junto a omitir ingresos en la declaración, obtener devoluciones indebidas o disfrutar de beneficios fiscales que no corresponden y eludir el pago de impuestos.
La normativa tributaria vigente en España clasifica las infracciones en tres grados:
leves;
graves;
muy graves.
El grado de cada infracción y, por tanto, la sanción que corresponda se determinan el tipo de falta, si se han ocultado datos o se han utilizado medios de manera fraudulenta.
Por ejemplo, si no se presenta la declaración pero ello no supone un perjuicio económico para Hacienda, la multa ronda alrededor de los 200 euros.
Otro caso posible es presentar la declaración pero no pagar la cuota que se deriva a favor de la Administración Pública. En este caso, se imponen una serie de recargos según los meses que se hayan pasado de plazo más los intereses de demora.
Si además Hacienda detecta que no hay intención de pagar, aplicará, además de los recargos y los intereses de demora, una sanción que va desde el 50% al 150% de la cantidad que se tendría que haber pagado.
¿Quién no tiene que hacer la Declaración de la Renta?
Hasta este año, las personas físicas que habían tenido dos o más pagadores en el ejercicio fiscal no tenían que hacer la declaración si sus ingresos no habían superado los 14 000 euros brutos anuales, siempre que a partir de ese segundo pagador los ingresos fueran superiores a 1500 euros.
En la Declaración de la Renta del año 2022, se amplía el límite exento hasta los 15 000 euros brutos anuales y el contribuyente no tendrá que tributar por cantidades inferiores a esta cifra.
Según se recoge en la Ley 31/2022 de Presupuestos Generales del Estado, de 23 de diciembre, “Se eleva el umbral inferior de la obligación de declarar de los perceptores de rendimientos del trabajo a 15 000 euros anuales, al no tener que tributar por este Impuesto respecto de tales rendimientos”.
Al elevar el umbral inferior de la obligación de declarar, Hacienda estima que este beneficio supondrá una rebaja del IRPF para el 50% de los trabajadores.
Es importante tener en cuenta que los organismos públicos como el Servicio Público de Empleo Estatal SEPE o la Seguridad Social, cuentan como segundo pagador, así que esta modificación afecta también a las personas que han cambiado de trabajo durante el año 2022, las que han estado pluriempleadas o las que se han quedado sin trabajo a mitad de año y han cobrado prestaciones por desempleo o pensiones.
Igualmente, se incluyen las personas que estén en las siguientes situaciones, siempre con un límite de 15 000 euros anuales de rentas del trabajo:
Cuando se perciban pensiones compensatorias o anualidades por alimentos del cónyuge.
Cuando se perciban rendimientos sujetos a un tipo fijo de retención.
Cuando se perciban rendimientos de un pagador que no esté obligado a retener.
Permanece igual que en años anteriores, es decir en 22 000 euros, el límite de rentas por debajo del cual no hay que hacer la declaración de renta si se tuvo un solo pagador o si teniendo dos a partir del segundo se percibieron menos de 1 500 euros anuales.
Quienes perciben el Ingreso Mínimo Vital, aunque no lleguen a los límites a partir de los que haya que presentar la declaración, sí deberán hacerla para que Hacienda pueda comprobar que siguen reuniendo los requisitos necesarios para beneficiarse de esta ayuda. Igualmente, deben realizar la Declaración de la Renta todos los trabajadores autónomos que ingresen más de 1000 euros anuales.
¿Cuándo se hace la Declaración de la Renta?
En 2023, el periodo para presentar la Declaración de la Renta en España comenzará el martes, 11 de abril y terminará el viernes, 30 de junio.Si te preguntas cómo hacer la declaración, dispones diversas vías y cada una de ellas contempla plazos distintos dentro de dicho periodo.
Vía online a través de la web de la Agencia Tributaria, mediante el sistema Renta Web. Se podrá realizar desde el primer día, 11 de abril, hasta el 30 de junio.
Ví telefónica. Desde el 5 de mayo hasta el 30 de junio. Necesario solicitar cita previa desde el 3 de mayo hasta el 29 de junio. Puedes concertar la cita por Internet o llamando a los teléfonos 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44.
Vía presencial. Desde el 1 de junio hasta el 30 de junio. Necesario solicitar cita previa desde el 25 de mayo hasta el 29 de junio. Puedes concertar la cita por Internet o llamando a los teléfonos 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44.
Calendario de la declaración de la renta 2022-23
Te recordamos las fechas de la Declaración de la Renta en un calendario:
Del 11 de abril al 30 de junio de 2023: periodo de presentación de la Declaración de Renta.
Desde el 11 de abril hasta el 30 de junio de 2023: plazo para presentar la declaración vía online.
Desde el 5 de mayo al 30 de junio de 2023: plazo para presentar la declaración por teléfono. Solicitud de cita desde el 3 de mayo hasta el 29 de junio.
Desde el 1 de junio al 30 de junio de 2023: plazo para presentar la declaración de forma presencial. Solicitud de cita desde el 25 de mayo al 29 de junio.
Otras novedades de la Declaración de la Renta 2022-23
La novedad más destacada de esta campaña es, sin duda, la ampliación del límite exento de declarar hasta los 15 000 euros brutos anuales, pero no es la única.
Estas son las otras novedades de la Declaración de la Renta 2022-23:
Se han variado las condiciones en diferentes tramos de los rendimientos del trabajo y se aplicará una reducción sobre sueldos brutos de entre 15.000 y 21.000 euros (hasta ahora, este beneficio fiscal se aplicaba a las renta brutas de hasta 18.000 euros).
La deducción por maternidad, que hasta ahora se dirigía a las madres trabajadoras, se universaliza y llega también a las madres que no tengan empleo fijo y se encuentren en el paro.
El colectivo de trabajadores autónomos también experimenta importantes cambios:
Se incluye una rebaja en el IRPF de cinco puntos porcentuales en el rendimiento neto de módulos
Quienes tributan por estimación directa simplificada ven aumentado el porcentaje de reducción del rendimiento neto, con un importe máximo anual de 2.000 euros, del 5% al 7%.
Además de las novedades a nivel estatal, debes tener en cuenta las modificaciones en la fiscalidad del IRPF que aplican algunas comunidades autónomas. Son varias las autonomías (Andalucía, Madrid, Murcia y Comunidad Valenciana) que han reducido el tramo autonómico del IRPF con efectos retroactivos a 1 de enero de 2022 y que afectarán a la campaña de la Renta 2022-23.
Desde WorldRemit, esperamos haberte ayudado a entender cómo funciona la Declaración de Renta en España y a quién afecta esta obligación tributaria. Además de a los propios españoles, son muchos los ciudadanos de otros países que viven y trabajan en España, a los que conviene conocer los pormenores de sus obligaciones fiscales.
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