Exportar el paro: ¿cómo cobrar tu prestación en otro país?

¿Te encuentras ahora mismo cobrando el paro y has decidido volver a tu país de origen o mudarte a otro país para continuar allí con tu vida profesional o personal? Si la respuesta es afirmativa y estás cobrando la prestación por desempleo en un país extranjero, quizá quieras saber cómo y si se puede exporta el paro, para poder garantizar la exportación de beneficios de desempleo que acumulaste durante tu estancia.

En WorldRemit queremos prepararte ante cualquier cambio y por eso hemos creado esta pequeña guía para que estés al tanto de los requisitos para exportar el paro, las limitaciones en la exportación del paro y las consideraciones financieras y fiscales en la exportación del paro. Sigue leyendo para que puedas disfrutar del regreso a tu país de origen y conocer los aspectos sobre tu prestación por desempleo en este cambio.

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Equipo Editorial de WorldRemit

Tiempo de lectura: 10 minutosAl día

¿Qué es exportar el paro?

Exportar el paro se refiere a seguir cobrando la prestación o subsidio por desempleo que se está recibiendo en el país en el que se ha estado trabajando mientras se busca trabajo en otro país o una vez reubicado.

La regla general señala que, si los beneficiarios de la prestación por desempleo se trasladan al extranjero, suspenden o, incluso, extinguen, su derecho. Pero, en algunos supuestos se puede mantener tal derecho.

En el caso de España, el pago de las prestaciones por desempleo corre a cargo del SEPE (INEM), algo que seguirá haciendo durante el proceso de encontrar otro trabajo en otro país del Espacio Económico Europeo en la misma cuenta bancaria en la que se ingresaba el paro anteriormente. 

La exportación de los beneficios por desempleo abonadas por el Servicio de Empleo Español será posible si te reubicas en uno de los siguientes países:

  • Países de la Unión Europea (UE): Alemania, Bélgica, Dinamarca, España, Francia, Irlanda, Letonia, Luxemburgo, Países Bajos, Suecia, Bulgaria, Eslovaquia, Estonia, Grecia, Malta, Polonia, República Checa, Austria, Chipre, Eslovenia, Finlandia, Hungría, Italia, Lituania, Croacia, Portugal y Rumanía.

  • Países del Espacio Económico Europeo (EEE): además de los citados anteriormente, Islandia, Liechtenstein y Noruega.

  • Suiza

Planificación para la emigración y proceso de exportar el paro

La planificación financiera para expatriados es muy importante, ya que es de este modo cómo somos conscientes de los requisitos, las consideraciones financieras y fiscales en la exportación del paro, algo que puede ser decisivo para facilitarnos el cambio de país o el regreso al país de origen. 

Para completar el proceso, se deben cumplir los siguientes requisitos para exportar el paro:

  • Ser beneficiario de una prestación o subsidio por desempleo. 

  • Haber estado al menos 4 semanas inscrito como demandante de empleo, es decir, apuntado al paro.

  • La solicitud de exportación de las prestaciones se hace en la oficina de empleo. 

  • Cuando se haya emigrado a otro país de los indicados arriba, lo primero es inscribirse como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo del país, en el plazo de 7 días desde la autorización de la exportación de las prestaciones por desempleo.

Limitaciones y restricciones en la exportación del paro

Por regla general, la prestación del paro se suspende cuando el trabajador se traslada al extranjero para buscar empleo, realizar un trabajo o perfeccionamiento profesional o participar en acciones de cooperación internacional por período inferior a 12 meses.

También se suspende el derecho, con independencia de su finalidad, cuando la estancia es inferior a 90 días en cada año natural, contabilizándose todos los días con independencia de que se trate de días continuados o no.

En ambos supuestos, se exige la comunicación previa de la salida (tanto en supuesto de traslado como de estancia) con el fin de obtener la autorización de la entidad gestora competente. Si la salida al extranjero es menor de 15 días no se considera ni estancia, ni traslado, de modo que no se suspenderá la prestación. 

Si, en el otro extremo, la estancia dura más de 90 días o el traslado más de 12 meses, entonces el beneficiario perderá su derecho.

En caso de exportar el paro de España a uno de los países del EEE o de la UE, como se indica más arriba, la exportación de beneficios por desempleo se concede por un periodo máximo de tres meses, con una única ampliación posible hasta tres meses más (seis meses en total) en función de la institución que te abone la prestación.

H5. Legislación y acuerdos internacionales sobre exportación de prestaciones por desempleo

Vamos a ver dos casos concretos de emigración y prestación por desempleo, para presentarte los cambios en la situación financiera y legal al exportar el paro.

Regreso al país de origen y prestación por desempleo:

Exportar el paro de Europa a España:

Para tener derecho a exportar el paro deberás de cumplir estos requisitos:

  • Tener derecho a recibir la prestación por desempleo en el país donde trabajaste.

  • Haber estado registrado como demandante de empleo en ese país, al menos 4 semanas.

Una vez en España, deberás registrarte en la oficina del SEPE que te corresponda según tu domicilio, y entregar allí tu formulario U2. Para esto tendrás un plazo máximo de 7 días desde la fecha de tu salida. Aunque el dinero lo recibirás del país donde te quedaste en paro, deberás de seguir las reglas que marca el gobierno español a los demandantes de empleo para que no te cancelen la prestación. 

En este caso, la prestación por desempleo solo puede recibirse por un periodo de 3 meses. Sí pasados estos 3 meses aún sigues sin encontrar trabajo, podrás solicitar una prórroga por otros 3 meses, poniéndote en contacto con la oficina del país donde estés registrado como desempleado y notificarles que quieres pedir una prórroga de tu prestación. Pasados estos 6 meses, ya no tendrás derecho a seguir cobrando la prestación.

Emigración y prestación por desempleo:

Exportar el paro de España a otro país de Europa:

Como en el caso anterior, antes de viajar se deben cumplir una serie de requisitos:

  • tener derecho a recibir la prestación por desempleo.

  • haber estado como demandante de empleo en España 4 semanas como mínimo.

  • estar en situación de desempleo total (no parcialmente).

Si cumples con lo anterior, tendrás que ir a la oficina de empleo (INEM) y pedir el formulario U2 (antiguo E303). Esta es una autorización para seguir percibiendo la prestación por desempleo mientras buscas trabajo en otro país. Este documento lo expide el servicio público de empleo o el organismo competente del país en que te hayas quedado en paro.

Cuando llegues a tu país de destino en Europa, deberás:

  • Inscribirte en los servicios de empleo de ese país, tienes que hacerlo en persona y en un plazo de 7 días. Los días se cuentan desde la fecha en que dejes de estar a disposición de los Servicios de Empleo españoles.

  • Presentar allí tu formulario U2 en el momento de la inscripción.

  • Si tardas más de 7 días en presentar el documento U2, te congelarán el paro y te lo reactivarán cuando se lo entregues. 

Una vez finalizados todos los trámites correctamente tendrás derecho a recibir la prestación durante un máximo de 3 meses. Ten en cuenta que, aunque el que te paga es el gobierno español, tendrás que cumplir las mismas normas y condiciones que se impone a los parados en tu nuevo país. Estas pueden ser diferentes a las de España, por lo que infórmate bien de lo que tienes que hacer.

La cantidad de dinero que te corresponde se te ingresará en la cuenta corriente de tu banco español. Si necesitas transferir tu dinero, consulta nuestros servicios de transferencia de dinero de WorldRemit.

El periodo de la prestación por desempleo es igual que en el caso anterior, con tres posibles meses adicionales de prórroga que se deberán solicitar antes de que acaben los 3 meses iniciales. Te recomendamos que lo hagas un mes antes de que se agote el período inicial concedido. 

Otras peguntas frecuentes sobre las prestaciones por desempleo en el extranjero

¿Qué pasa si no quiero exportar el paro?

Si no quieres exportar el paro, puedes solicitar la suspensión temporal del mismo por un periodo máximo de un año. Para esto, lo que tienes que hacer es ir a tu oficina de desempleo y pedir que te lo paralicen. 

¿Qué pasa si me muevo otra vez de país?

Si estás ya en el extranjero cobrando el paro y te mueves de país, tendrás que volver a realizar todo el proceso de exportación del paro, ya que el primer proceso, con el formulario correspondiente, solo te vale para el primer país.

¿Y si me voy al extranjero, no lo comunico y sigo cobrando?

Aunque es la opción elegida por algunos, si te pillan pueden sancionarte y quitarte el paro. En el caso de España, el tiempo máximo para estar fuera de España cuando se está cobrando la prestación por desempleo son 15 días.

¿Qué ocurre con la prestación por desempleo si he encontrado trabajo?

Si has encontrado trabajo dentro del de 3 o 6 meses deberás de informar a la oficina correspondiente del país del que está recibiendo la prestación por desempleo de tu nueva situación. Basta con que llames o te presentes en la oficina, y ellos se encargarán de paralizar el cobro de la prestación. Por lo general, en este caso no será necesario aportar ningún documento.

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